PORNOGRAFÍA Y DERECHOS
Curso de Verano de la UCLM, Fundación Antonio Pérez, Cuenca
En día y medio se han sucedido ponencias muy interesantes sobre la historia y el tratamiento de la pornografía en nuestra cultura y cómo el Derecho la ha tratado y debería tratarla. Algunos elementos que rodean a estos conceptos aparecieron con frecuencia y protagonizaron ponencias, tales como educación, deseo, libertad, arte, consentimiento, menores, voluntad, poder, violencia, autodeterminación, dignidad, erotismo, desigualdades, daño, cuerpos, regulación, feminismos, adicciones y delito.
En una cultura patriarcal, capitalista y tecnológica como la actual el tratamiento de la pornografía parece que pasa por la educación, por una asignatura de educación para la ciudadanía, en valores democráticos, o educación afectivo-sexual, por un derecho de la libertad artística y de expresión, de las relaciones laborales en igualdad y respetuosas en la industria del porno, derechos de protección de las personas vulnerables, en definitiva abordarla desde todas las perspectivas posibles sin prejuzgarla ni permitir que cause abusos de poder ni desigualdades.
Profesorado y catedráticos de Derechos Constitucional, en su mayoría, de diferentes universidades españolas exponen sus puntos de vista haciendo hincapié en algún factor concreto como centro de interés para entender la pornografía y qué hacer con ella. A veces hacen ejercicios retóricos para no decir mucho pero otras se esfuerzan por diferenciar términos con el fin de oponerse a lo que otros antes han afirmado. Todo un ejemplo de debate respetuoso del que aprender, sobre todo que este asunto judicial no es algo terminado y delimitado en las leyes ni tiene por qué estarlo. Parece que si se legisla sobre lo que tiene que ver con el deseo, la voluntad o la moral se excluyen, se discriminan, se entrometen, se vulneran o violan aspectos personales que deben ser protegidos y respectados como fundamentales del individuo en un estado de derecho.
El machismo con el que construimos las relaciones personales está siempre presente, también y especialmente en este tema, por eso han hablado mucho de los cuerpos para tratarlo con igualdad, para pensar que si la pornografía se practica desde la autonomía personal, desde el libre desarrollo de la personalidad entonces los miedos, los castigos y las violaciones de derechos dejarían de existir.
Algunos de los ponentes coincidían al afirmar que el análisis ha de ser poliédrico, fluido porque los géneros están cambiando, las masculinidades también y la educación debería hacerlo hacia el respeto.
Para ilustrar sus posiciones han citado jurisprudencia más o menos conocida como la de la manada de Pamplona, algunos casos de pederastia, de prostitución, de la importancia de la difusión por las redes sociales y la inteligencia artificial como el caso de Extremadura, además se ha mencionado la llamada ley del solo sí es sí. Se han mostrado imágenes de la publicidad, del cine y también de mosaicos y esculturas antiguas, para contextualizar la historia de la pornografía, sus usos y consecuencias.
Algunas cosas quedan claras como que ningún derecho es absoluto, que la legislación debe tener en cuenta la autodeterminación personal, que el derecho no debe decir nada sobre el deseo o que no se puede educar sin moral.
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